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Preguntas frecuentes

1- ¿Puedo ingresar a MediMás con mi grupo familiar?
  • Pueden asociarse:
    -Todos aquellos trabajadores en relación de dependencia que realicen aportes a alguna obra social.
    -Monotrobutistas.
    Sí. Si es casado y tiene hijos menores de 21 años. Los hijos que tengan entre 21 y 25 años, deben ser estudiantes.
2- ¿Qué documentación debo presentar para asociarme?
  • Debe presentar:
    Titular: DNI. Tres últimos bonos de sueldo.
    Cónyuge/ Concubina: DNI. Libreta o acta de matrimonio. Si es concubina/o certificado de convivencia. Si quiere unificar aportes, tres últimos bonos de sueldo.
    Hijos: DNI. Certificado de nacimiento. Para los hijos entre 21 y 25 años, presentar certificado de estudios.
3- ¿Los cónyuges pueden efectuar suma de aportes?
  • Cuando ambos cónyuges se encuentren trabajando en relación de dependencia, podrán solicitar la suma de sus aportes a fin de reducir el pago de la diferencia, si la hubiese.
4- ¿Si tengo dos empleos, debo sumar aportes para asociarme a MediMás?
  • Si una persona se encuentra prestando servicios en relación de dependencia para más de un empleador, deberá unificar sus aportes. Por Ley no se puede ser titular de más de una Obra Social.
5- ¿Se pueden unificar los aportes con los hijos que trabajan?
  • No. Solamente se puede unificar el aporte del cónyuge.
6- Luego de realizar el cambio de la obra social anterior a Medimás, ¿cuándo comienza la cobertura?
  • Medimás comienza a ofrecerle cobertura al primer día del tercer mes posterior a la presentación de la solicitud de opción. La Opción de Cambio de obra social puede ejercerse solo una vez al año.
7- ¿Quiénes están imposibilitados para ejercer el derecho a opción de cambio de obra social?
  • Están imposibilitados a cambiarse de obra social:
    - Los despedidos. Durante el período de tres (3) meses posteriores a la desvinculación laboral, queda su cobertura a cargo de la Obra Social a la que se encontraban afiliados.
    - Los trabajadores que estén con licencia médica sin goce de sueldo (guarda de trabajo, período de excedencia).
    - Los trabajadores de temporada.
8- ¿Cómo puedo acceder al servicio?
  • COMO ACCEDER AL SERVICIO
    Telefónicamente usted acuerda con el médico de cartilla de su preferencia el horario de la atención. En el caso de no poder concurrir, proceda a su cancelación para que ese turno pueda ser utilizado por otra persona. Los profesionales y las instituciones cuentan en sus consultorios con un sistema de verificación telefónica de credenciales que emitirá un número de autorización. Su firma será requerida como confirmación de la atención.
    SU CREDENCIAL
    Conjuntamente con su documento de identidad le serán requeridos para hacer uso del servicio. La credencial es de uso personal e intransferible.
    AUTORIZACION PREVIA
9- ¿Cuáles son las normas para la utilización del servicio?
  • Para poder acceder a la atención, son requisitos fundamentales los siguientes:
    * Presentar la credencial que lo acredita como Asociado/Afiliado.
    * Concurrir a los prestadores que le corresponden según al Plan al que se encuentra adherido.
    * Que la cobertura se encuentre contemplada en su Plan de Salud.
    * Tener la cuota al día
10- ¿Cómo se gestiona la incorporación de un recién nacido?
  • Para incorporar a un recién nacido, debe presentar: partida de nacimiento, libreta de salud, ultimo bono de sueldo y DNI del titular. Durante el primer mes de vida del bebé podrá atenderse con la credencial de la madre. La cuota del plan se modificará en forma retroactiva a la fecha de nacimiento del recién nacido.
11- ¿Cuál es la cobertura en medicamentos ambulatorios?
  • Medimás cuenta con una extensa red de farmacias adheridas, donde usted puede adquirir el medicamento recetado con un 50% de descuento, mediante la presentación de la prescripción médica, la credencial y el documento de identidad de la persona a cuyo nombre se ha extendido la receta. La cobertura de medicamentos de Medimás es amplia y permite atender la totalidad de las patologías de causa médica que usted pudiera necesitar. Para su conocimiento, ponemos a su disposición el Vademécum de Medimás. El mismo se va actualizando mensualmente. (link que conecte con el VMC) Medimás cumple con lo establecido por las Resoluciones MS 310/04 y complementarias las cuales entre otros beneficios contemplan descuentos en ciertos medicamentos de uso ambulatorio de hasta el 70% para los pacientes con patologías crónicas prevalentes. Además establece el 100% de descuento para los medicamentos incluidos dentro del Plan Materno Infantil, medicamentos destinados para la mujer durante el embarazo y luego para el niño hasta el primer año.
12- ¿Qué validez tiene una prescripción médica?
  • Las prescripciones poseen una vigencia de 30 días corridos. Es decir, podrán transcurrir hasta 30 días desde la fecha de la confección de la solicitud hasta la realización de la prestación correspondiente. Si la orden venciera, solo el médico tratante podrá extender la misma.
13- ¿Qué cobertura me corresponde en odontología?
  • Cobertura del 100% con los planes 200 y 300 en:
    Cirugía.
    Endodoncia.
    Operatoria dental.
    Radiología.
    Consultas.
    Odontopediatría.
    Periodoncia.
    Sólo para prestadores que figuren en la cartilla.
14- ¿Cómo se abona el comprobante de pago una vez vencido?
  • El comprobante vencido se abona en nuestras sucursales. Si no lo abona hasta la emisión de la próxima factura, el monto de la deuda con intereses se incluirá en la misma

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Te esperamos en nuestras sucursales de:

Mendoza

Av. Colón 457, Mendoza.
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C.A.B.A.

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